📢 INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA LOS TRABAJADORES DE SEGURIDAD PRIVADA
🔴 El Tribunal Supremo fija la obligación de audiencia previa antes del despido disciplinario.
Estimados compañeros/as,
Desde la sección sindical de UGT en Prosegur SIS Canarias, queremos informarles de un cambio importante que refuerza nuestros derechos como trabajadores.
⚖️ ¿Qué ha establecido el Tribunal Supremo?
El Pleno de la Sala Cuarta, por unanimidad, ha resuelto que las empresas están obligadas a ofrecer al trabajador la posibilidad de defenderse antes de despedirlo disciplinariamente. Esta obligación se basa en el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT, vigente en España desde 1986.
✍️ ¿Qué implica esta decisión?
1️⃣ Antes de proceder al despido disciplinario, el empleador debe garantizar el derecho del trabajador a ser escuchado, salvo en situaciones excepcionales.
2️⃣ Este cambio es aplicable únicamente a los nuevos despidos, posteriores a la publicación de esta sentencia.
📜 ¿Qué dice el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT?
Un trabajador no puede ser despedido por motivos relacionados con su conducta o rendimiento sin tener la oportunidad de defenderse, salvo que sea irrazonable exigirlo al empleador.
🔍 ¿Por qué es relevante esta decisión?
El Tribunal Supremo ha reconocido que el derecho de audiencia previa es directamente aplicable como parte del ordenamiento jurídico español, reforzando así nuestra protección frente a despidos arbitrarios.
💡 Desde UGT seguimos luchando para que se respeten los derechos de todos los trabajadores y trabajadoras. Si necesitas más información o asesoramiento, no dudes en contactar con nosotros.
UGT Prosegur SIS Canarias, seguimos avanzando juntos.